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Concentrado,
oral, rápido y económico
El Tribunal de las
Aguas de Valencia presenta unas características ambicionadas por las doctrinas del
derecho procesal. Estas son:
Concentración.- los síndicos tienen
ante sí toda la instrucción procesal para proceder judicialmente y resolver sin
aplazamientos: el labrador perjudicado, el acusado, la exposición del caso, las pruebas y
los testigos.
Oralidad.- todo el juicio es oral; desde
la denuncia presentada por el Guarda o el denunciante, hasta la sentencia, pasando por la
aclaración, la explicación o la justificación de los hechos. Tanto el Presidente como
los síndicos interrogan verbalmente a las partes.
Rapidez.- acaso la verdadera causa de la
pervivencia del tribunal. Se reune una vez todas las semanas y, así, decide sobre las
infracciones cometidas desde el jueves anterior. Las sentencias pueden tardar, como
máximo, veintiún días, debido a la incomparecencia de los denunciados.
Economía.- los juicios no causan ningún
gasto procesal. Los síndicos no cobran sueldo ni dieta, pues es una de sus obligaciones.
El denunciado sólo debe abonar los gastos de desplazamiento de los guardas o del Alguacil
del tribunal. El pago de responsabilidades económicas por daños no es un gasto procesal.
Ejemplo a seguir
El Tribunal de las Aguas ha sido objeto
de estudio por parte de diversas instituciones y personas del extranjero. Ya en 1970,
Thomas F. Glick, de la universidad de Harvard, llegó a Valencia para observar el trabajo
del tribunal. Fruto de sus investigaciones fue el trabajo titulado "Irrigation and
Society in Medieval Valencia", publicado por Harvard University Press.
Anteriormente, Vicente Giner Boira,
letrado del Tribunal de las Aguas, participó activamente en una convención mundial
celebrada en Washington, en 1967, bajo el título "Water for peace". Sus
gestiones incitaron a la creación de la Asociación Internacional de Derecho de Aguas
(International Association for Water Law) que, el 25 de marzo de 1968, reunió en la
Puerta de los Apóstoles de la catedral valenciana a tres subsecretarios del gobierno
espñaol y diversas personalidades de Estados Unidos, Argentina, Italia, México, Ecuador,
Holanda y Francia. En 1969, las Naciones Unidas otorgaron reconocimiento oficial a dicha
institución, como Organismo Consultivo no Gubernamental, siendo el único creado por
españoles.
Por último, en septiembre de 1975, se
desarrolló en Valencia la Conferencia Internacional sobre los sistemas de Derecho de
Aguas en el Mundo, promovida por la ONU, en la que estuvieron presentes doscientos
representantes de treinta y seis países de los cinco continentes. Sus conclusiones fueron
confirmadas en 1976, en Caracas, y se utilizaron como temario para la reunión que, en
marzo de 1977, se celebró en Mar de Plata, en Argentina, con representantes de 138
países y donde se aprobó la Carta Magna del Agua en el mundo.
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